BASES DE LA CONVOCATORIA DE LA NOVENA EDICIÓN DEL RECONOCIMIENTO 'PREMIO DOCTORA SORAYA'
- MDyC Movimiento por la Dignidad y la Ciudadanía
- 24 abr
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Primera.– Objeto.
El objeto de las presentes bases es convocar la IX Edición del Premio Doctora Soraya para el año 2025, cuya finalidad es destacar y reconocer públicamente la actuación de aquellas personas físicas o jurídicas, públicas (salvo las que ocupen cargo público en la actualidad) o privadas de Ceuta que se hayan distinguido por su labor en el ámbito de la superación de diferentes barreras, de la lucha por la igualdad de mujeres y hombres y merecedoras del reconocimiento social y la visibilización de su labor.
Segunda.– Dotación.
El Premio Doctora Soraya no tendrá dotación económica sino que consistirá en un reconocimiento a la/s persona/s mediante un acto público a desarrollar en los días siguientes a la decisión y en el que se hará entrega de una placa simbólica y al que deberá acudir, imprescindiblemente, la persona/s reconocida/s.
Excepcionalmente, podrá concederse, además del Premio en sí, un reconocimiento a aquella/s persona/s que se considere que por su trayectoria son merecedoras del mismo.
Tercera.– Presentación de candidaturas.
1.– El plazo de presentación de candidaturas será del 24 al 1 de mayo de 2025, ambos inclusive.
2.– Las personas interesadas podrán presentar las candidaturas, consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento de forma presencial, en la oficina del grupo municipal del MDyC ubicada en sótano del Ayuntamiento ( de lunes a viernes en horario de 10:00 a 13:00 horas) o en la sede del MDyC en Calle Marcelo Roldán nº1 Bajo, 51002 Ceuta (de lunes a jueves en horario de mañana de lunes 10:15 a 13:15 y de tarde de 17:15 a 20:15 horas)
Las personas interesadas deben presentar la candidatura acompañada de una hoja curricular y/o de una relación de los méritos que considere se dan en la/s persona/s propuesta/s .
La candidatura deberá presentarse en sobre cerrado sin figurar el nombre del candidato/a en el mismo. En caso, de que figure el nombre del candidato/a en el sobre dicha candidatura será anulada.
Cuarta.– Criterios de adjudicación.
Al objeto de tomar la decisión, se reunirá el Jurado, compuesto por cinco personas y una sexta que hará de Secretario/a a los efectos de recoger en acta las candidaturas presentadas, y verificar que reúnen los requisitos indicados en estas bases así como la candidatura premiada tras la deliberación y valoración de las candidaturas recibidas, y tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) Trayectoria de la/s persona/s propuesta/s en el ámbito de la igualdad de mujeres y hombres en el que ha venido desarrollando su actividad en la Ciudad de Ceuta.
b) Relevancia de la actuación, acciones, trabajos o proyectos en los últimos años.
c) Repercusión e influencia en la sociedad ceutí de la actuación, acciones, trabajos, proyectos, o trayectoria desarrollada por la persona propuesta en general.
d) La decisión del Jurado será dada a conocer en el acto que se desarrolle y celebre públicamente, sin perjuicio de avisar previamente a la persona/s premiada/s.
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